El Supremo limita los años de adjudicación de la vivienda en un divorcio, incluso si uno de los cónyuges gana menos

El Tribunal Supremo, en su reciente sentencia de 21 de abril de 2025, ha introducido un nuevo criterio importante en materia de derecho de familia: se limita el tiempo de uso de la vivienda familiar tras el divorcio, incluso si uno de los progenitores tiene ingresos notablemente inferiores al otro.

¿Cuál fue el caso?

Un padre recurrió una sentencia que atribuía a la madre el uso de la vivienda familiar hasta que la hija común alcanzara la mayoría de edad. La madre, con un salario de solo 600 euros mensuales, pagaba 225 euros de hipoteca. El padre, con 1.250 euros de ingresos mensuales, asumía el resto de la hipoteca más el alquiler de su nueva vivienda.

A pesar de esta diferencia de ingresos, el Supremo consideró que la atribución indefinida de la vivienda era desproporcionada y estableció un plazo máximo de cinco años, suficiente —a juicio del tribunal— para que la madre pueda reorganizar su situación económica.

Claves de la sentencia

Se refuerza la necesidad de establecer un plazo temporal en el uso de la vivienda, especialmente en casos de custodia compartida.


La desigualdad de ingresos entre progenitores no justifica por sí sola una adjudicación indefinida de la vivienda familiar.


Se marca un límite razonable de cinco años, promoviendo un reparto más equilibrado de cargas económicas.

Conclusión

Esta sentencia consolida la línea jurisprudencial que busca proporcionalidad y equidad en las medidas adoptadas tras una separación o divorcio. El Supremo recuerda que el objetivo no es generar situaciones de dependencia prolongadas ni desequilibrios económicos injustificados, sino proteger a los menores y promover la autonomía de ambos progenitores dentro de un marco justo.

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